Análisis ejecutivo · Despacho MGK

Paquete Económico 2027

Lectura íntegra de la Iniciativa de Ley de Ingresos, el Proyecto de Presupuesto de Egresos, los Criterios Generales de Política Económica y las iniciativas de reforma a la LISR y a la Ley Federal de Derechos, turnadas por el Ejecutivo Federal a la Cámara de Diputados el 8 de septiembre de 2026. Incluye comparativo 2025 – 2026 – 2027.

Entrega al Congreso
8 sep 2026
Plazo de aprobación
15 nov 2026
Gasto neto 2027
$10.64 billones
Ingreso presupuestario
23.2% del PIB
Crecimiento estimado
1.5% – 2.5%
00 · Qué se envió al congreso

Seis documentos, un solo paquete

El 8 de septiembre de 2026 el Ejecutivo Federal presentó ante la Cámara de Diputados el Paquete Económico para el Ejercicio Fiscal 2027. No es una sola pieza legislativa: son iniciativas y un informe independientes entre sí, con trámites y naturaleza jurídica distintos.

Documentos que integran el paqueteFuente: oficios de envío a la Mesa Directiva, H. Congreso de la Unión
DocumentoNaturalezaFundamentoRequiere aprobación del Congreso
Criterios Generales de Política Económica (CGPE) 2027Documento informativoArt. 42-I LFPRHNo, es acompañante técnico
Iniciativa de Ley de Ingresos de la Federación (LIF) 2027Iniciativa de leyArts. 71-I y 74-IV CPEUMSí — Diputados y Senado
Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación (PPEF) 2027Proyecto de decretoArt. 74-IV CPEUMSí — solo Cámara de Diputados
Iniciativa de reformas a la Ley del ISRIniciativa de leyArt. 71-I CPEUMSí — Diputados y Senado
Iniciativa de reformas a la Ley Federal de DerechosIniciativa de leyArt. 71-I CPEUMSí — Diputados y Senado
Informe sobre facultades arancelarias del EjecutivoInforme (no legisla)Art. 131, párr. 2º CPEUMNo — da cuenta de decretos ya vigentes

01 · Marco macroeconómico y fiscal

Comparativo 2025 – 2026 – 2027

Variables oficiales de los Criterios Generales de Política Económica 2027 (SHCP). 2025 son cifras observadas; 2026 combina lo aprobado por el Congreso con la estimación de cierre de la propia SHCP; 2027 es la proyección del paquete.

Marco macroeconómicoFuente: SHCP, CGPE 2027, Anexo III.1
Variable2025 (observado)2026 (estimado cierre)2027 (proyecto)
Crecimiento del PIB real1.1%1.0% – 2.0%1.5% – 2.5%
PIB nominal (miles de mmp)35,301.637,160.739,419.4
Inflación (dic/dic)3.7%3.5%3.0%
Tipo de cambio (fin de periodo)18.017.818.0
Cetes 28 días (fin de periodo)7.1%6.5%6.0%
Petróleo, mezcla mexicana (dpb)61.178.461.8
Plataforma de producción (mbd)1,7311,8001,800
Cuenta corriente (% del PIB)-0.5%-0.5%-0.6%
Indicadores fiscales, % del PIBFuente: SHCP, CGPE 2027, apartado II.2
Indicador20252026 aprobado2026 estimado2027 proyecto
Ingresos presupuestarios23.322.523.023.2
Ingresos tributarios15.215.115.415.9
Gasto neto total27.226.126.626.7
Balance presupuestario primario-0.20.50.10.5
RFSP-4.3-4.1-4.1-3.9
SHRFSP (deuda amplia)52.652.354.055.0
Deuda pública total53.652.754.955.8

Trayectoria de la deuda pública, 2025 – 2032

Saldo Histórico de los Requerimientos Financieros del Sector Público, % del PIB
El paquete 2027 proyecta que el SHRFSP siga creciendo hasta 2032 (56.5% del PIB), mientras el déficit y los RFSP se reducen de forma gradual: la deuda amplia sube en nivel aun cuando el ritmo de endeudamiento anual disminuye.

02 · Iniciativa de Ley de Ingresos

Ingresos

La Iniciativa de LIF 2027 propone ingresos presupuestarios por $9,156,528.9 millones de pesos, 3.9% real por arriba del cierre estimado de 2026. El crecimiento no proviene de nuevos impuestos ni de tasas mayores: proviene de mejor fiscalización, del Capítulo X de la LISR y de la recuperación de los ingresos no petroleros.

Ingresos totales 2027
$9,156.5 mmp
+3.9% real vs 2026
Ingresos tributarios
$6,263.9 mmp
+5.9% real
Ingresos petroleros
$984.5 mmp
-14.4% real
Ingresos no petroleros
$8,172.0 mmp
+6.6% real
Estructura general de los ingresos presupuestarios
Cifras en millones de pesosFuente: SHCP, CGPE 2027, apartado II.6
Concepto2026 aprobado2026 estimado2027 proyectoVar. real
Ingresos presupuestarios totales8,721,057.38,537,298.79,156,528.9+3.9%
1. Ingresos petroleros1,204,277.71,113,958.1984,539.7-14.4%
2. Ingresos no petroleros7,516,779.67,423,340.68,171,989.2+6.6%
· Tributarios (SAT)5,838,571.05,730,891.96,263,886.8+5.9%
· No tributarios (Gob. Federal)377,130.1405,604.6521,763.5+24.6%
· Organismos y empresas (IMSS/ISSSTE/CFE)1,301,078.51,286,844.11,386,338.9+4.4%
Detalle de la recaudación tributaria federal
Proyecto 2027 vs. cierre estimado 2026Fuente: Iniciativa LIF 2027, exposición de motivos
ImpuestoEstimado 2026Proyecto 2027ParticipaciónVar. real
Impuesto Sobre la Renta (ISR)$3,069.5 mmp$3,289.0 mmp52.5%+7.2%
Impuesto al Valor Agregado (IVA)$1,723.9 mmp$1,768.0 mmp28.2%+2.6%
IEPS total$749.7 mmp$828.3 mmp13.2%+10.5%
· gasolinas y diésel$463.5 mmp$538.5 mmp8.6%+16.2%
· resto del IEPS$286.2 mmp$289.7 mmp4.6%+1.2%
Comercio exterior (importación)$226.3 mmp$232.5 mmp3.7%+2.8%
ISAN$17.0 mmp$17.4 mmp0.3%+2.8%
Accesorios y otros$129.5 mmp$128.7 mmp2.1%-0.6%
Total tributarios$5,915.8 mmp$6,263.9 mmp100.0%+5.9%

Composición de la recaudación tributaria 2027

Participación porcentual dentro del total tributario proyectado
Techos de endeudamiento autorizados (Arts. 2, 4 y 6 LIF)
$1.70 billones
Gobierno Federal — interno

Endeudamiento neto interno autorizado (Art. 2 LIF). Externo: hasta $13,500 millones de dólares, incluyendo banca de desarrollo.

$160,619.5 mdp
Pemex — interno

Endeudamiento neto interno. Externo: hasta $5,259.4 millones de dólares (Art. 4 LIF).

$16,742.0 mdp
CFE — interno

Endeudamiento neto interno. Externo: hasta $725.0 millones de dólares (Art. 4 LIF).

$3,500.0 mdp
Ciudad de México

Techo de endeudamiento neto para infraestructura pública (Art. 6 LIF).


03 · Proyecto de Presupuesto de Egresos

Egresos

El gasto neto total previsto para 2027 asciende a $10,636,488,100,000 (Art. 2 del Decreto de PEF), con un déficit presupuestario planeado de $1,358,558,800,000. En términos de gasto pagado, el crecimiento real frente al cierre estimado de 2026 es de 3.2%, concentrado en el gasto no programable.

Gasto neto total 2027
$10.64 billones
Déficit presupuestario
$1.36 billones
Gasto programable
$7,311.1 mmp
+1.1% real
Gasto no programable
$3,204.0 mmp
+8.2% real
Asignación global por gran clasificación
Pesos nominales, Decreto del PEF 2027Fuente: Anexo 1 del PPEF 2027
Clasificación administrativaMonto asignado 2027
A. Ramos Autónomos$155,014,725,043
· Poder Legislativo$17,931,016,113
· Poder Judicial$72,264,701,999
· Instituto Nacional Electoral$42,274,541,672
· Fiscalía General de la República$20,893,598,760
B. Ramos Administrativos$2,461,789,785,295
C. Ramos Generales$6,056,005,563,671
D. Entidades de Control Directo (IMSS / ISSSTE)$2,374,601,387,244
E. Empresas Públicas del Estado (Pemex / CFE)$1,253,878,258,481
(–) Neteo de aportaciones, subsidios y transferencias-$1,680,127,337,332
Gasto neto total 2027$10,636,488,100,000

Gasto neto por gran clasificación, 2027

Antes del neteo de aportaciones y transferencias · millones de pesos
Ramos administrativos con mayor variación real 2027 vs. 2026
Selección de ramos relevantesFuente: CGPE 2027, apartado II.4 — Gasto programable 2026-2027
Ramo2026 (PEF)2027 (proyecto)Var. real
Bienestar$674,510.0 mdp$697,106.3 mdp+0.1%
Educación Pública$523,858.2 mdp$576,631.9 mdp+8.6%
Defensa Nacional$170,753.1 mdp$185,706.1 mdp+5.4%
Salud del IMSS-Bienestar$—$193,987.2 mdpn.d.
Infraestructura, Comunicaciones y Transportes$153,539.3 mdp$167,074.8 mdp+5.4%
Agricultura y Desarrollo Rural$75,836.6 mdp$88,758.8 mdp+13.4%
Marina$65,926.8 mdp$81,223.4 mdp+19.4%
Salud$66,825.9 mdp$72,305.5 mdp+4.8%
Seguridad y Protección Ciudadana$60,110.9 mdp$64,486.9 mdp+3.9%
Instituto Nacional Electoral$21,837.2 mdp$42,274.5 mdp+87.5%
Energía$267,439.1 mdp$85,634.2 mdp-69.0%
Lectura para el despacho: las dos variaciones más grandes de la tabla —INE (+87.5%) y Energía (-69.0%)— no son errores de captura: reflejan calendarios de proceso electoral y el término de partidas extraordinarias de apoyo a Pemex/CFE registradas en 2026 que no se repiten en 2027. Vale la pena explicarlo así a clientes que solo vean el porcentaje.
Programas sociales prioritarios
Millones de pesos, PPEF 2027Fuente: Anexo de Programas del PPEF 2027
ProgramaPPEF 2027
Pensión Bienestar de Personas Adultas Mayores$543,498.4
Beca Universal de Educación Básica Rita Cetina$133,561.3
Beca Universal Media Superior Benito Juárez$43,932.4
Sembrando Vida$40,500.0
Pensión Mujeres Bienestar (60-64 años)$59,356.3
Pensión Personas con Discapacidad Permanente$37,436.3
Programa de Vivienda Social$34,353.9
Jóvenes Construyendo el Futuro$25,985.3
Comercio Justo / Acopio / Leche Bienestar$26,170.3
La Escuela es Nuestra$20,000.0
Fertilizantes para el Bienestar$17,000.0
Producción para el Bienestar$17,000.0
Jóvenes Escribiendo el Futuro$13,058.2
Salud Casa por Casa$5,000.0
Total programas prioritarios$1,025,388.5
Inversión estratégica
$255,529.2 mdp
Inversión de Pemex

Plan Estratégico 2025-2035; nueve contratos de desarrollo mixto firmados o en firma.

$150,875.6 mdp
Red ferroviaria nacional

Incluye Saltillo–Nuevo Laredo ($42.0 mmd), Corredor Interoceánico ($25.0 mmd) y Tren Maya de carga ($17.2 mmd).

$60,991.6 mdp
Inversión de CFE

Generación, transmisión y distribución de energía eléctrica.

$46,883.1 mdp
Hidráulica y carreteras

Obras de CONAGUA ($22,761.9 mdp) y carreteras/caminos rurales de la SICT ($24,121.2 mdp).


04 · Iniciativas de reforma para efectos de recaudación

Leyes y reformas

Cuatro piezas normativas concentran el esfuerzo recaudatorio del paquete: la Ley del ISR, el informe sobre facultades arancelarias, la Ley Federal de Derechos y la propia Ley de Ingresos, que incorpora varias medidas de recaudación que no están en ninguna de las otras tres.

Ley del Impuesto Sobre la Renta — nuevo Capítulo X: control a grandes contribuyentes (Arts. 78-A a 78-F)
Reglas propuestasFuente: Iniciativa de reformas a la LISR 2027
ReglaContenido propuesto
Sujetos obligados (Art. 78-A)Personas morales del Título II con ingresos acumulables superiores a $50 millones de pesos que determinen utilidad fiscal.
Tope a deducciones (Art. 78-B)Si las deducciones superan 96.67% de los ingresos, el tope deducible del ejercicio será exactamente 96.67% de los ingresos. Si son iguales o menores, el límite es el monto de deducciones × 0.9900 (pérdida de deducibilidad de 1%). El remanente no aplicado se amortiza en 20 ejercicios con actualización.
Tope a pérdidas fiscales (Art. 78-C)Las pérdidas de ejercicios anteriores solo se amortizan hasta el 50% de la utilidad fiscal del ejercicio; el remanente sigue vigente por 20 ejercicios.
Ajuste al coeficiente de utilidad (Transitorio 2°)Si en la última anual las deducciones fueron ≤96.67% de ingresos, el coeficiente se multiplica por 1.0658; si fueron mayores, por 2.6162. Las pérdidas en pagos provisionales solo bajan hasta 50% de la utilidad estimada del mes.
Excepciones (Art. 78-E)Sector primario (AGAPES) y coordinados; maquiladoras (Art. 182); empresas en concurso mercantil/quiebra; instituciones de seguros; empresas en sus primeros 5 años de operación (sin provenir de fusión, escisión o reestructura).
RESICO — flexibilización propuesta
$3.5 → $5.0 mdp
Personas físicas

Nuevo límite de ingresos anuales. Se conserva la tasa máxima de 2.50% para el tramo de $2.5 a $5.0 mdp. Si se excede, los pagos del año se vuelven definitivos y se transita al régimen general al mes siguiente, con posibilidad de reingreso el año próximo.

$35 → $50 mdp
Personas morales

Nuevo umbral de ingresos (Arts. 206 y 209). El régimen deja de ser obligatorio y se vuelve opcional; se permite reingresar si en años posteriores no se rebasan los $50 mdp.

$900,000 → $1,000,000
Exención AGAPES personas físicas

Exención total de ISR para actividades agrícolas, ganaderas, pesqueras y silvícolas.

100% / 50% / 26%
Depreciación acelerada RESICO Morales

Cómputo, equipo de transporte, maquinaria e inmuebles, entre otros activos, duplican su tasa de depreciación fiscal (Art. 209) — ver detalle abajo.

Tasas de depreciación acelerada de activos fijos — RESICO personas moralesFuente: Iniciativa de reformas a la LISR, Art. 209
Activo fijoTasa vigente 2026Tasa propuesta 2027
Cómputo, servidores y periféricos50%100%
Dados, troqueles, moldes y matrices50%100%
Bicicletas y motocicletas eléctricas50%100%
Investigación de nuevos productos35%70%
Maquinaria en restaurantes33%66%
Automóviles y camiones de carga25%50%
Mobiliario y equipo de oficina25%50%
Maquinaria de construcción / AGAPES25%50%
Inmuebles e instalaciones industriales13%26%
Medidas antievasión y deducciones específicas
  1. Intereses intragrupo (Art. 28-XXXII): el límite deducible de intereses netos por deudas corporativas baja de 30% a 20% de la utilidad fiscal ajustada (Acción 4 BEPS-OCDE).
  2. Pagos al extranjero (Arts. 27-V y 153): solo deducibles en el ejercicio en que la contraprestación esté efectivamente pagada y se entere la retención.
  3. Anticipos por servicios y arrendamiento (Arts. 25 y 27-XVIII): se deducen hasta el ejercicio en que se preste el servicio o transcurra el periodo de uso, no al momento del desembolso.
  4. Grupos de sociedades: se deroga el Régimen Opcional (Cap. VI Título II). El impuesto diferido histórico deberá enterarse a más tardar el 31 de diciembre de 2027.
  5. CUCA, CUFIN y costo de acciones (Arts. 22, 77 y 78): se excluyen intereses devengados e IVA capitalizado del capital de aportación y del costo comprobado de adquisición; de la UFIN se descuentan los no deducibles del Art. 28.
Estímulos: Plan México y Polos de Desarrollo (vigencia 2027-2030)
85% / 83% / 70% / 86%
Deducción inmediata Plan México

Activos nuevos: cómputo (85%), transporte eléctrico (83%), I+D (70%), troqueles y moldes (86%).

+25%
Deducción adicional

Sobre el incremento anual en gastos de capacitación técnica e innovación/obtención de patentes.

PODEBIS · POINBIS
Polos de Desarrollo para el Bienestar

Certeza legal en LISR para inversiones en Istmo de Tehuantepec, Progreso/Mérida y Polos Económicos (PODECOBIS) y de Economía Circular (PODECIBIS).


Informe sobre facultades arancelarias (Art. 131 constitucional)
Decretos reportados, 9 sep 2025 – 8 sep 2026Fuente: Informe sobre facultades arancelarias del Ejecutivo Federal
MedidaDetalle
Agroindustria azucarera8 fracciones de la TIGIE: de aranceles específicos en dólares por kilo a arancel ad-valorem de 156% y 210.44%.
Rieles ferroviariosNuevo arancel-cupo para garantizar el abasto del insumo estratégico del Plan Ferroviario Nacional.
Prácticas desleales de comercio185 fracciones arancelarias: químicos, textiles, calzado, acero, aluminio, plásticos y autopartes.
Vehículos usadosPrórroga del decreto de importación definitiva al 30 de noviembre de 2026.
Canasta básicaPrórroga al 31 de diciembre de 2026; se eliminaron 33 fracciones (carnes, pescado, arroz, aceites, frijol, lácteos).
Fracciones en la TIGIE
8,183
Arancel promedio efectivamente pagado
6.7%
Media arancelaria simple
10.6%
Sesiones de la Comisión de Comercio Exterior
23

Ley Federal de Derechos — ¿a qué se refiere?

Un derecho es la contraprestación que el Estado cobra por un servicio público que presta en funciones de derecho público, o por el uso, goce o aprovechamiento de bienes del dominio público de la Nación. La Ley Federal de Derechos regula ambas figuras en dos títulos distintos, y la Suprema Corte exige que exista correlación entre el costo del servicio y la cuota que se cobra (jurisprudencia P./J. 3/98).

Título Primero — derechos por servicios

Cuotas por trámites y servicios que presta el Estado: migración, visas consulares, espacio aéreo, inspección financiera (CNBV, CONSAR), certificaciones sanitarias, entre otros.

Título Segundo — uso de bienes del dominio público

Cuotas por aprovechar recursos de la Nación: vías férreas, espectro radioeléctrico, materiales pétreos, aguas nacionales, zonas arqueológicas y museos.

Principales reformas propuestasFuente: Iniciativa de reformas a la LFD 2027
DerechoCambio propuesto
Visitante sin permiso de trabajo (Art. 8°)+35%, a $1,334.80. Distribución: 50% Sedena, 26% Instituto Nacional de Migración, 24% Tesorería (antes 67%/0%/33%; el ajuste crea el 26% para el INM sin afectar a Sedena).
Visas ordinarias y de larga duración (Art. 22)Homologación a $1,639.80 (+66% y +153% según el tipo de visa).
Espacio aéreo — SENEAM (Art. 289)+10% en cuotas por kilómetro volado y servicios de navegación.
Vigilancia CNBV (Arts. 29-B y 29-F)+16% en cuotas por oferta pública, inspección y supervisión bursátil.
Vigilancia CONSAR (Art. 31-B)Factor fijo al millar de 0.1750 sobre AFORE, sin ajuste inflacionario adicional.
Vías férreas concesionadas (Art. 232-B)De 1.25% a 3.00% de ingresos brutos, para concesionarios con más de 15 años operando.
Espectro radioeléctrico-12% en bandas comerciales (2.5 y 3.5 GHz); descuentos de hasta 100% a cambio de cobertura rural/carretera.
Materiales pétreos (Art. 236)Se elimina la zonificación; cobro por m³: grava y arena $37.41, arcillas/limos $29.38, piedra $32.08.
Museos y zonas arqueológicas (Art. 288)Gratuidad total en 53 museos y sitios; se mantiene cobro en Ichkabal y Ex Ateneo Peninsular.
En 2025 la red consular de México expidió 193,878 visas (77% sujetas a pago), con 49% de la demanda concentrada en Centroamérica y el Caribe. El Instituto Nacional de Migración registró ~49 millones de internaciones de turistas extranjeros en 2025, +5% respecto de 2024 — la base que justifica, según la exposición de motivos, el ajuste del 35% a la cuota migratoria.

Ley de Ingresos — otras medidas de recaudación
7% de IVA
IVA simplificado para RESICO

Opción de pagar 7% de IVA definitivo sobre actos cobrados, sin acreditamiento de insumos y con exención de contabilidad electrónica para personas físicas.

50% – 100%
Retención de IVA en plataformas digitales

50% con RFC / 100% sin RFC a personas morales que venden por apps; 100% a extranjeros sin establecimiento permanente o con fondos depositados en el exterior.

1 jul 2027
Control contra el huachicol fiscal

IEPS sobre la diferencia positiva mensual entre litros vendidos y litros adquiridos documentados, sin trasladarlo al consumidor.

0.68%
Retención a ahorradores

Baja la tasa anual de retención de ISR sobre intereses financieros (era 0.90% en 2026).

100% de condonación
Regularización fiscal 2027

Multas, recargos y gastos de ejecución, para adeudos previos con ingresos de hasta $300 mdp (excluye 69-B y delitos fiscales).

7.5% de ISR
Repatriación de capitales

Tasa reducida para recursos lícitos del extranjero retornados en 2027 e invertidos en México al menos 3 años.

10% de ISR
Estímulo a OPI

Sobre ganancias en venta de acciones de empresas que salgan a bolsa con valor de mercado de hasta $50,000 mdp.

Tasa 0%
IVA a gestión menstrual y libros

Copas, calzones y discos menstruales; libros y periódicos de enajenantes con 90% de ingresos preponderantes del giro.


05 · Síntesis

Matriz comparativa 2026 vs. 2027

Un solo cuadro para ubicar, de un vistazo, qué cambia entre el ejercicio vigente y la propuesta 2027.

Rubro2026Propuesta 2027Lectura
Ingresos presupuestarios$8,537.3 mmp$9,156.5 mmp+3.9% real
Recaudación tributaria, % del PIB15.4%15.9%Máximo histórico sin subir tasas generales
Ingresos petroleros, % del PIB3.0%2.5%-14.4% real por menor precio del crudo
Déficit presupuestario, % del PIB3.6%3.4%Consolidación fiscal, -0.2 pp
Gasto neto total$9,874.8 mmp$10,515.1 mmp+3.2% real
Deducciones, personas morales >$50 mdpDeducibilidad ordinariaTope de 96.67% de ingresosPiso mínimo de tributación
Pérdidas fiscales de ejercicios previosAmortización hasta 100% de la utilidadTope de 50% de la utilidadDesincentiva planeaciones agresivas
Límite RESICO personas físicas$3.5 mdp$5.0 mdpMás contribuyentes en tasas de 1%-2.5%
RESICO personas moralesObligatorio hasta $35 mdpOpcional hasta $50 mdp+ depreciación acelerada hasta 100%
Tope de intereses intragrupo30% de la utilidad ajustada20% de la utilidad ajustadaCriterio estricto BEPS-OCDE
Grupos societarios (ROGS)Vigente, con diferimientoDerogadoSe entera el diferido histórico en 2027
Derecho migratorio a turistasCuota indexada ordinaria+35% ($1,334.80)26% al INM para modernización fronteriza
Derecho por vías férreas1.25% de ingresos brutos3.00% de ingresos brutosConcesionarios con >15 años
Retención de ISR a intereses0.90% anual0.68% anualMenor retención bancaria al ahorro

06 · Conclusiones

Lectura estratégica para clientes del despacho

  1. Nuevo piso mínimo de tributación corporativa. El Capítulo X de la LISR no sube tasas, pero limita cuánto se puede deducir y cuánto se puede amortizar de pérdidas. Para clientes con ingresos cercanos a $50 mdp, conviene modelar el efecto del 96.67% y del tope de 50% a pérdidas antes del cierre de 2026, no después.
  2. Ventana de oportunidad en RESICO. La ampliación a $5.0 mdp (físicas) y $50 mdp (morales), sumada a la depreciación acelerada de hasta 100%, hace atractivo revisar reestructuras de operación para clientes que hoy tributan en régimen general y podrían calificar.
  3. Fiscalización, no nuevos impuestos. El incremento de 5.9% real en tributarios y el máximo histórico de 15.9% del PIB se explican por control de deducciones, retención en plataformas digitales y control al huachicol fiscal — no por tasas generales más altas. El mensaje a clientes es de mayor exposición al cumplimiento, no de mayor carga nominal.
  4. Ventanas transitorias con fecha límite. La regularización fiscal (condonación 100%), la repatriación de capitales (7.5% de ISR) y la liquidación del régimen de grupos societarios (31 de diciembre de 2027) son oportunidades con vigencia acotada: vale la pena identificar clientes candidatos desde ahora.
  5. Seguimiento legislativo obligado. Ninguna de estas cifras es definitiva: el Congreso puede modificar montos y artículos antes del 15 de noviembre de 2026. Conviene dar seguimiento a los dictámenes de las Comisiones de Hacienda de ambas Cámaras y no anticipar asesoría definitiva a clientes hasta la publicación en el DOF.